Tres elementos a destacar en el marco de las violaciones a los DDHH ocurridas en nuestro país desde octubre






Por Mario Bugueño
Profesional Saberes Docentes y Director de la Comisión Chilena de Derechos Humanos.

En el contexto de las recientes movilizaciones, hay tres aspectos que vale la pena destacar desde el punto de vista de los Derechos Humanos. 

Lo primero, establecer con claridad que nos encontramos en presencia de un escenario de violación sistemática de los Derechos Humanos, es decir, no se trata de situaciones o casos particulares o aislados, sino que hemos constatado que el Estado y su organización están conformados de tal forma que viabilizan y promueven (por ejemplo, en la actuación de los organismos policiales) las violaciones de los DDHH. Esto está fundado en el hecho de que se han utilizado mecanismos como el estado de excepción y el uso de la fuerza para controlar las movilizaciones, lo que ha provocado la violación masiva de los DDHH. Hoy nos encontramos en un escenario con más de cinco mil personas detenidas y más de dos mil heridas, cifras que reporta el Instituto Nacional de Derechos Humanos y a las que habría que agregar las denuncias recogidas por otros organismos y que no están en estos reportes.

El segundo elemento que es importante destacar es la vulneración de derechos que han sufrido niños, niñas y adolescentes: del total de personas detenidas hasta el 10 de noviembre (5.629) y reportadas por el INDH, 634 son niños, niñas o adolescentes. Es decir, el 12% de las personas que han resultado detenidas corresponden a menores.

Los casos de detención son especialmente complejos, pues se han observado vulneraciones graves a la asistencia legal y no en pocos casos estos han estado expuestos a malos tratos.

Un tercer aspecto a destacar y que corresponde a una componente fundamental de la doctrina de los Derechos Humanos, está relacionado con el principio de libre determinación de los pueblos. Desde el punto de vista de la teoría de los DDHH “se sostiene en el Pacto de Derechos Económicos Sociales y Culturales (artículo 1) que todos los pueblos los pueblos tienen derecho de libre determinación y en virtud del ejercicio de este derecho pueden disponer las formas institucionales, sociales y políticos que estimen convenientes en función desarrollo económico, social y cultural.” [1]. Es decir, la legitimidad del Estado descansa en el pueblo y el ejercicio de soberanía, de esta forma no puede existir una carta fundamental que no pase por la aprobación del pueblo, el que en ejercicio de su soberanía coloca los principios que deben determinar el tipo de relaciones que se deben dar entre los miembros de un país soberano y más importante aún, define las responsabilidades que el Estado tiene en la protección de las personas que viven en él.

En este contexto, es fundamental que sea el pueblo chileno el que defina cuales son los principios que deben determinar la vida entre nosotros. Para que esto ocurra, es imperativo que la soberanía popular sea ejercida de forma tal que se garantice su participación. De esta manera, la carta fundamental de Chile contará con la legitimidad en el origen, que la actual no tiene.

[1] “Contenidos Fundamentales de Derechos Humanos para la Educación”; Bugueño Mario y otros, Corporación Nacional de Reparación y Reconciliación y Comisión Chilena de DDHH, Santiago, 1995, Pág. L.

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